COEFICIENTE DE PATRIMONIO INTELECTUAL
De acuerdo a la Ley N° 393 de Servicios Financieros, en su Título V, Capítulo I, Artículo 415, el coeficiente de adecuación patrimonial de una entidad de intermediación financiera es la relación porcentual entre el capital regulatorio y los activos y contingentes ponderados en función de factores de riesgo, incluyendo a los riesgos de crédito, de mercado y operativo, utilizándolos procedimientos establecidos en la normativa emitida por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero – ASFI.
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